Canal Innova 21 09, 2020

La Comunidad de Madrid ha convocado las subvenciones para la financiación de programas formativos dirigidos principalmente a trabajadores ocupados. El plazo para solicitar estas subvenciones por los centros de formación de la Comunidad de Madrid finalizará el 6 de octubre de 2020. En las siguientes líneas especificamos los aspectos más importantes a tener en cuenta para solicitar la ayuda.

Link con toda la información: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/523345

¿Quién puede solicitar la subvención?

Los beneficiarios de esta subvención serán aquellas entidades de formación, públicas o privadas, titulares de centros de formación acreditados y/o inscritos por la Administración Pública y que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y estén afincados en la Comunidad de Madrid.

“Artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora. 1. Podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora las personas o entidades que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención o en las que concurran las circunstancias previstas en las bases reguladoras y en la convocatoria …
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¿Cuál es el objeto de esta subvención?

La financiación de programas dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados, ya sean para trabajadores autónomos y de economía social, sectoriales y de cualificación y reconocimiento profesional, y podrán ser impartidos en la modalidad presencial o teleformación, según lo establecido en el artículo 9.4 de la Orden de 31 de mayo de 2018.

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¿Cuáles son las bases reguladoras?

Son las dictadas en la Orden de 31 de mayo de 2018, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda.

http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2018/06/18/BOCM-20180618-18.PDF

¿Hasta cuándo podré solicitar la subvención?

La subvención podrá ser solicitada hasta el día 6 de octubre.

¿Qué documentos se tienen que presentar y por dónde?

Todos los documentos solicitados tendrán que ser enviados a través de la aplicación SFOC y se especifican en el apartado noveno del PDF del anuncio de la subvención.

Además, en el siguiente link hay una sección con todos los documentos para descargar de la convocatoria:

https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/523345

¿Vas a presentarte?

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