El aula virtual, una herramienta más de la formación presencial

Contenido

Cada comienzo de año, se abren nuevas etapas, surgen nuevas leyes, normativas o aplicaciones y el mundo del eLearning también se adapta a esos cambios, y es que, desde el pasado 30 de diciembre, está en vigor la Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, que permite, para este 2023, el uso del aula virtual como formación presencial.

De esta manera, desde Innovación y Cualificación, como proveedor de contenido, continuaremos facilitando nuestras plataformas formativas como un apoyo más en la enseñanza para todos los que adquieran algún tipo de contenido formativo de carácter presencial.

Una medida adoptada mediante la Resolución 15 de abril de 2020, que amplía su vigencia para acciones formativas ejecutadas a lo largo del presente año. Eso sí, siempre que sean acciones formativas financiadas en el marco del Sistema de Formación Profesional para el empleo adoptadas en el ámbito del impacto económico y social derivado de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

El uso del aula virtual como presencial

Se considera aula virtual al entorno de aprendizaje donde el tutor-formador y alumnado interactúan a través de un sistema de comunicación telemático que permita llevar a cabo un proceso de intercambio de conocimientos a fin de posibilitar un aprendizaje de las personas que participan en el aula.

Su objetivo es desarrollar en un contexto de aula de gestión actividades de aprendizaje referidas a contenidos teóricos que permitan alcanzar las correspondientes capacidades.

Cuando la formación presencial se desarrolle mediante aula virtual, deberá contar con un registro de conexiones que identifique a las personas participantes y sus fechas y tiempos de conexión. Además, tendrán que posibilitar la conexión de los órganos de control a efectos de las actuaciones de seguimiento que procedan.

La modalidad presencial también podrá impartirse utilizando un sistema de impartición bimodal de manera que el formador imparta la formación presencial en el aula a una parte del alumnado mientras que los demás asisten simultáneamente mediante aula virtual.

Además, cuando se realice la parte de modalidad presencial de manera bimodal, se deberá garantizar la transmisión de conocimientos y el desarrollo de los objetivos y contenidos previstos en las acciones o grupos formativos. Asimismo, las entidades de formación deberán advertir esta circunstancia en las comunicaciones de inicio de la actividad formativa.

Especificaciones

Lo dispuesto en esta resolución será de aplicación en la iniciativa de formación programada por las empresas, respecto a las acciones formativas que se programen durante 2023, con cargo al crédito de formación del que dispongan las empresas durante dicho ejercicio.

Además, los trabajadores podrán solicitar a sus empresas, durante el ejercicio 2023 permisos individuales de formación para posibilitarles la asistencia a las acciones formativas impartidas mediante aula virtual o sistema bimodal, en los términos indicados en la presente resolución.

Por último, si te queda alguna duda sobre todo lo que concierne a esta resolución que va a permitir seguir cursando contenidos de formación presencial a través del aula virtual, no dudes en consultarnos.

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